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Cancela y recupera tus facturas < Volver
Te permite consultar, ver el detalle, recuperar o cancelar una factura. Solo necesitas tu e.firma (antes firma electrónica) o contraseña. Cómo puede usarse b En línea Objetivo
Permitir la consulta, cancelación o recuperación de las facturas que recibes o que emites. ¿Quiénes lo pueden ejecutar?
Todos los contribuyentes que necesitan hacer una consulta, cancelación o recuperar una factura. ¿Cuándo se puede ejecutar?
En cualquier momento, el servicio es en línea. Ingresa Con X e.firma X Contraseña Pasos para su uso Da clic en el botón EJECUTAR EN LÍNEA. Autentícate con la e.firma (antes firma electrónica) o contraseña. Elige la modalidad que deseas realizar de las opciones: consulta, cancela, mostrar detalle o recuperar la factura electrónica. Captura los criterios de búsqueda de acuerdo con la opción que hayas elegido. Visualiza el resultado: la consulta, cancelación o recuperación de factura. Obtén los datos de la consulta en formato pdf o el archivo xml de la recuperación de la factura. Guarda o imprime el resultado de tu consulta, acuse de cancelación o recuperación de factura. Información adicional
En este apartado puedes realizar las siguientes acciones:
Consultar las facturas recibidas y emitidas. Revisar el detalle de una factura. Cancelar una factura, solo de las que hayas emitido. Para esto es necesario que tengas tu certificado de sello digital con el que se sella la cancelación de la factura. Recuperar una factura. Fundamento Legal
Código Fiscal de la Federación, artículos 29 y 29-A. Productos que emite
Consulta de factura: Si existe en la base de datos te mostrará la información de la factura, la cual puedes exportar en formato pdf; en caso contrario, aparece la leyenda “No existen registros que cumplan con los criterios de búsqueda ingresados, intentar nuevamente”. Revisar el detalle: Aparecen los datos de la factura que puedes exportar en formato pdf. Cancelar factura: Puedes obtener el acuse de la cancelación con la opción para guardarlo. Recuperar factura: Te permite recuperar el archivo xml de la factura. < Volver Ejecutar en línea
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¿Cuál es el medio por el que deben entregarse las facturas a los adquirentes de los productos o servicios?
A
¿Cuál es el medio por el que deben entregarse las facturas a los adquirentes de los productos o servicios?
Es válido entregarlas en un dispositivo como una usb; enviarlas por correo electrónico, ponerlas a disposición de quien adquiere el producto o servicio en alguna página de internet. ¿Qué sucede si al verificar mi factura me indica que no se encuentra registrada en el SAT? Si la factura tiene menos de 72 horas de haber sido emitida inténtalo...
A
¿Qué sucede si al verificar mi factura me indica que no se encuentra registrada en el SAT?
Si la factura tiene menos de 72 horas de haber sido emitida inténtalo luego nuevamente; si no aparece, puedes registrar una solicitud de conciliación, cuando requieras que se te emita tu factura. ¿El proceso de cancelación de un CFDI cambia dependiendo de la versión en que se emitió el CFDI? No, no cambia. Los emisores que requieran cancelar un comprobante deben...
A
¿El proceso de cancelación de un CFDI cambia dependiendo de la versión en que se emitió el CFDI?
No, no cambia. Los emisores que requieran cancelar un comprobante deben enviar la solicitud de cancelación a través del Portal del SAT o de los servicios de un Proveedor de Certificación, utilizando su Certificado de Sello Digital, independientemente de la versión que se haya emitido la factura (3.2, 3.3 o 4.0).
A partir del 1 de enero de 2022, en todas las solicitudes de cancelación se debe manifestar el “Motivo” de la cancelación, conforme a las siguientes claves:
“01” Comprobantes emitidos con errores con relación.
“02” Comprobantes emitidos con errores sin relación.
“03” No se llevó a cabo la operación.
“04” Operación nominativa relacionada en una factura global.
En caso de realizar la sustitución del comprobante, se debe señalar la clave “01” Comprobantes emitidos con errores con relación y manifestar el folio fiscal del comprobante que lo sustituye.
Los contribuyentes pueden cancelar una factura sin que se requiera la aceptación del receptor en los siguientes supuestos:
Facturas que amparen un monto total de hasta $1,000.00 (M.N.)
Nómina
Egreso
Traslado
CFDI de ingreso expedido a contribuyentes del RIF
Emitidos en Mis cuentas
CFDI de retenciones e información de pagos
Operaciones con público en general
Emitidos a residentes en el extranjero
La cancelación se realice dentro de las 24 horas a la emisión del comprobante
CFDI a través del adquirente y sector primario (reglas 2.7.3.10 y 2.7.4.1 de la RMF)
CFDI emitidos por integrantes del sistema financiero
Emitidos por la Federación por concepto de DPA
¿Cuál es el medio por el que deben entregarse las facturas a los adquirentes de los productos o servicios?
A
¿Cuál es el medio por el que deben entregarse las facturas a los adquirentes de los productos o servicios?
Es válido entregarlas en un dispositivo como una usb; enviarlas por correo electrónico, ponerlas a disposición de quien adquiere el producto o servicio en alguna página de internet. ¿Qué sucede si al verificar mi factura me indica que no se encuentra registrada en el SAT? Si la factura tiene menos de 72 horas de haber sido emitida inténtalo...
A
¿Qué sucede si al verificar mi factura me indica que no se encuentra registrada en el SAT?
Si la factura tiene menos de 72 horas de haber sido emitida inténtalo luego nuevamente; si no aparece, puedes registrar una solicitud de conciliación, cuando requieras que se te emita tu factura. ¿El proceso de cancelación de un CFDI cambia dependiendo de la versión en que se emitió el CFDI? No, no cambia. Los emisores que requieran cancelar un comprobante deben...
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¿El proceso de cancelación de un CFDI cambia dependiendo de la versión en que se emitió el CFDI?
No, no cambia. Los emisores que requieran cancelar un comprobante deben enviar la solicitud de cancelación a través del Portal del SAT o de los servicios de un Proveedor de Certificación, utilizando su Certificado de Sello Digital, independientemente de la versión que se haya emitido la factura (3.2, 3.3 o 4.0).
A partir del 1 de enero de 2022, en todas las solicitudes de cancelación se debe manifestar el “Motivo” de la cancelación, conforme a las siguientes claves:
“01” Comprobantes emitidos con errores con relación.
“02” Comprobantes emitidos con errores sin relación.
“03” No se llevó a cabo la operación.
“04” Operación nominativa relacionada en una factura global.
En caso de realizar la sustitución del comprobante, se debe señalar la clave “01” Comprobantes emitidos con errores con relación y manifestar el folio fiscal del comprobante que lo sustituye.
Los contribuyentes pueden cancelar una factura sin que se requiera la aceptación del receptor en los siguientes supuestos:
Facturas que amparen un monto total de hasta $1,000.00 (M.N.)
Nómina
Egreso
Traslado
CFDI de ingreso expedido a contribuyentes del RIF
Emitidos en Mis cuentas
CFDI de retenciones e información de pagos
Operaciones con público en general
Emitidos a residentes en el extranjero
La cancelación se realice dentro de las 24 horas a la emisión del comprobante
CFDI a través del adquirente y sector primario (reglas 2.7.3.10 y 2.7.4.1 de la RMF)
CFDI emitidos por integrantes del sistema financiero
Emitidos por la Federación por concepto de DPA
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